A- de 2004
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Araceli Valero Millán·Demandado Cajasalud Ars Seccional Cundinamarca.
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se realizó la aclaración de la Sentencia T-940/04, toda vez que se incurrió en un error mecanográfico en el acápite “C.
Sentencia de instancia” pues, en lugar de escribir Juzgado 70 Civil Municipal de Bogotá que es lo correcto tal como aparece en la parte resolutiva de la misma sentencia, se escribió Juzgado 70 Penal Municipal de Bogotá, por lo que se hizo necesario proceder a hacer la corrección por medio de este auto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- La Sala Segunda (2a.) de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados, Alfredo Beltrán Sierra, Manuel José Cepeda Espinosa y Jaime Córdoba Triviño, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, aclara que en la sentencia T-940 del 30 de septiembre de 2004, se incurrió en un error mecanográfico en el acápite “C. Sentencia de instancia” pues, en lugar de escribir Juzgado Setenta Civil Municipal de Bogotá que es lo correcto tal como aparece en la parte resolutiva de la misma sentencia, se escribió Juzgado Setenta Penal Municipal de Bogotá, por lo que se hace necesario proceder a hacer la corrección por medio de este auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.